Emplea personas mayores

¿Estás cansado de buscar trabajo y ver que un tercio de las ofertas de empleo se dirigen exclusivamente a un público inferior a tu edad? Ha llegado la hora de poner las cartas sobre la mesa. Seguro que llevas tiempo pensando que tu valía, aptitud y experiencia están por encima del veinteañero que te ha dejado en el banquillo.

Te damos 10 motivos por los que deberían contratar personal que sobrepasa la treintena:

  1. Tienes la suficiente experiencia personal y laboral para ponerte a la disposición de las empresas.
  2. Estadísticamente eres menos proclive a tener accidentes laborales.
  3. Además, también eres menos dado al absentismo laboral, según señalan las estadísticas.
  4. Seguro que ya has tenido hijos y no vas a pedir bajas maternales/paternales.
  5. Eres más fiel a la empresa y menos aficionado a cambiarte al bando contrario; vamos… la competencia.
  6. Tienes más claro lo que quieres y no vas a quejarte por cualquier tontería.
  7. Has liderado proyectos, personas, y familias y pones tu liderazgo totalmente a disposición de la empresa.
  8. Está comprobado que eres menos proclive a robar/engañar a la empresa donde trabajas.
  9. Llevas tus propios contactos a la empresa donde trabajas, debido a la cantidad de años de experiencia y de contacto directo y/o indirecto con la gente.
  10. Un mensaje para el directivo treintañero: tú también tendrás algún día más de 40 años, por lo que no les tengas miedo.

Y, por supuesto, contratar personas mayores de 45 años trae beneficios fiscales:

  1. Deducción de 100% del ISR retenido y requisitos para aplicar este estímulo.
  2. Procedimiento para calcular el estímulo de la deducción de 100% del ISR retenido a las personas con discapacidad.
  3.  Deducción adicional de 25% del salario efectivamente pagado y requisitos para aplicar este estímulo.
  4. Procedimiento para calcular el estímulo de la deducción adicional del 25% de los pagos a las personas con discapacidad.
  5. Inversiones en adaptaciones que faciliten el uso de instalaciones para personas con capacidades diferentes.
  6. Comparativo del artículo 186 de la LISR y del Decreto del 26 de diciembre de 2013.

Conoce más sobre estos beneficios en la página del SAT (sat.gob.mx).

Hay mas motivos por los que deberías ser contratado y seguro que algunos ya te los sabes pero seguro que hay otros que te dejarán con la boca abierta.

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